Foto tomada del perfil de Facebook de Carlos Alberto Macdonald.
El preso político Carlos Alberto Macdonald Ennis fue detenido el 15 de marzo de 2024 por pertenecer a un grupo de Facebook, y se le imputó el delito de “Otros Actos contra la Seguridad del Estado”. Sin embargo, hasta la fecha, y a pesar de contar con un abogado, las autoridades no han proporcionado detalles sobre los hechos específicos que sustentan la acusación. Esto cobra mayor relevancia, ya que pertenecer a un grupo en Facebook no constituye un delito en sí mismo.
El término legal establecido para la fase preparatoria del proceso penal ya ha expirado, sin que se hayan presentado conclusiones provisionales de la fiscalía o se haya llevado a cabo un juicio.
Carlos Alberto presenta un estado de salud crítico debido a una pancreatitis, cardiopatía isquémica e hipertensión preexistentes, y en prisión ha desarrollado un tumor detrás de la nariz que podría ser cancerígeno. Aunque se le realizó una tomografía, las autoridades se niegan a proporcionar los resultados, lo cual ha generado en sus familiares la preocupación de que se confirme la sospecha de cáncer. Además, temen que se mantenga privado de libertad sin recibir atención médica adecuada como una forma de castigo por sus opiniones políticas.
De acuerdo con información enviada a Cubalex, durante la última visita, el 26 de septiembre, mostraba una gran pérdida de peso y se encontraba en muy mal estado, incluso expectorando sangre. La falta de atención médica adecuada está poniendo su vida en peligro.
Análisis legal
La continua negación de atención médica adecuada a Carlos Alberto Macdonald Ennis agrava su estado de salud y podría derivar en un daño irreparable, e incluso poner en riesgo su vida, especialmente ante la posible presencia de un cáncer. Esta situación viola su derecho a la salud, garantizado por los artículos 72 y 12 de la Constitución cubana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente. Asimismo, evidencia el incumplimiento del Estado en su obligación de brindar atención adecuada y garantizar asistencia médica especializada y acceso a medicamentos, especialmente para aquellos bajo su custodia. Esto representa una violación de la obligación estatal de utilizar al máximo los recursos disponibles, tal como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El trato que recibe Carlos Alberto Macdonald Ennis constituye una violación extrema de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela), las cuales establecen que las personas privadas de libertad deben recibir la misma atención médica que la población general.
Cubalex ha identificado y denunciado el uso de la negación de atención médica como un patrón represivo aplicado de manera sistemática por el Estado cubano contra personas privadas de libertad por razones políticas, generando serios riesgos para la salud e incluso la vida de estas personas. Ejemplos recientes incluyen el caso de Carlos Alberto Pupo Rodríguez.
Además, en el caso de Carlos Alberto Macdonald Ennis se observan otras violaciones que demuestran arbitrariedad. La Ley del Proceso Penal establece que la fase preparatoria no debe exceder los 90 días, y sólo puede ser prorrogada de manera justificada por el fiscal por un máximo de 180 días, o de manera excepcional por el Fiscal General de la República. En este caso, dichos plazos han sido sobrepasados sin justificación, y el proceso continúa sin una notificación de prórroga ni una explicación de las circunstancias que lo ameriten. La fiscalía se ha negado a proporcionar información sobre la situación procesal de Carlos Alberto, incluidos los elementos que sustentan la imputación y la privación de libertad.
Estas acciones violan los derechos a la libertad de pensamiento, conciencia y expresión; asociación; presunción de inocencia; y el debido proceso, en particular el derecho a no ser privado de libertad salvo por una autoridad competente, a ser informado sobre la imputación en su contra y a ser juzgado dentro de un plazo razonable o ser puesto en libertad. Estos derechos están consagrados en los artículos 54, 56 y 95 de la Constitución cubana y en los artículos 9, 19 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El trato recibido por Carlos Alberto Macdonald Ennis parece ser un castigo ejemplarizante que busca silenciar las voces críticas y crear un efecto disuasivo en la sociedad cubana.
Desde Cubalex, hacemos un llamado urgente a la comunidad internacional para proteger la integridad física y la salud de Carlos Alberto Macdonald Ennis. Instamos al Estado cubano a cumplir con su obligación de garantizar una atención médica inmediata y adecuada conforme a los estándares internacionales, incluyendo la transparencia en los resultados de la tomografía. Además, exigimos el respeto de todos sus derechos fundamentales, incluyendo la liberación inmediata de Carlos Alberto Macdonald Ennis.
La entrada Negación de atención médica como método de represión en Cuba: El caso de Carlos Alberto Macdonald Ennis se publicó primero en Cubalex.
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