Samuel Pupo Martínez al salir de prisión. Foto tomada de Diario de Cuba.
En la mañana del 27 de agosto, Samuel Pupo Martínez, ex preso político, acudió a la citación ilegal realizada por agentes de la Seguridad del Estado el día anterior. En el encuentro estuvieron presentes los agentes que se identifican como “Darío” y “Omar”, quienes lo han hostigado de manera continua desde su salida de prisión, el pasado 1 de abril.
Durante el interrogatorio, los agentes reprocharon a Pupo por reunirse con familiares de presos políticos y lo acusaron de utilizar sus redes sociales para difundir propaganda en contra del régimen. Le insistieron en que debía dejar de publicar información sobre los presos políticos en las redes sociales. Además, le advirtieron que, de no hacerlo, restringirían la salida del país a su familia. Este tipo de tácticas represivas se ha utilizado en otros casos para coaccionar a las personas y disuadirlas de ejercer derechos fundamentales como la libertad de expresión.
Finalmente, le hicieron firmar un acta de advertencia en la que fue calificado como “proclive a la comisión de un delito contra el orden constitucional, por el cual podría ser sancionado con una pena de 4 a 10 años de privación de libertad, según el Código Penal.
Al momento de firmar, Pupo escribió de su puño y letra que no estaba de acuerdo con lo expuesto en el acta, argumentando que no reflejaba la realidad. Cuando los agentes insistieron en saber a qué se comprometía, él respondió que no se comprometía a nada, afirmando que expresarse es un derecho, no un delito.
Análisis legal
La publicación de opiniones en redes sociales es parte del ejercicio efectivo del derecho a la libertad de expresión, garantizado tanto en la Constitución como por los tratados de derechos humanos suscritos por Cuba. La libertad de expresión incluye tanto el pensamiento político como los asuntos de interés público, y solo puede ser restringida por cuestiones necesarias para garantizar el respeto de los derechos o la reputación de otras personas, proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud y la moral públicas. No debe limitarse simplemente porque resulte incómoda para el Estado o las autoridades.
Para restringir la libertad de expresión, el Estado debe demostrar la existencia de una amenaza real e inmediata, establecer una conexión directa entre la expresión y dicha amenaza, y justificar la necesidad y proporcionalidad de la medida adoptada. El argumento de mantener el orden público o la seguridad nacional no puede ser utilizado para suprimir información de interés público que no perjudica la seguridad nacional, ni para impedir el acceso del público a esa información. Tampoco debe utilizarse para procesar a periodistas, investigadores, ecologistas, defensores de los derechos humanos u otras personas por haber difundido esa información, como ocurre en este caso.
La actuación de los agentes, al acosar y amenazar a Pupo por expresar sus opiniones, viola la Constitución de la República de Cuba, que exige a los funcionarios públicos respetar la ley y actuar dentro de los límites de sus competencias. Además, discriminar a una persona por su opinión política atenta contra la dignidad humana, lo cual está prohibido tanto por la legislación cubana como por los tratados internacionales de derechos humanos.
Los agentes excedieron los límites legales de su autoridad al intentar intimidar a Pupo y al iniciar un proceso de persecución penal ilegítimo únicamente por sus opiniones políticas. El uso de una citación ilegal, las amenazas y la advertencia preventiva son ejemplos de una estrategia de persecución penal predelictiva que viola el principio de presunción de inocencia y busca tener un efecto inhibitorio. Además, el hostigamiento psicológico al que fue sometido constituye una forma de tortura o trato degradante, de acuerdo con los estándares internacionales. Por lo tanto, en su actuar, los agentes incurrieron en delitos como abuso de autoridad, prevaricación, tortura y delitos contra la libre emisión del pensamiento, la conciencia y la expresión, todos previstos y sancionados en el Código Penal vigente.
Desde Cubalex, exigimos al Estado cubano que cumpla con sus obligaciones investigando los hechos de manera exhaustiva, identificando y sancionando a los responsables, y adoptando todas las medidas necesarias para prevenir su repetición. Además, instamos al gobierno a garantizar el respeto a los derechos humanos en el país.
La entrada Citación ilegal y amenazas: La represión estatal contra Samuel Pupo Martínez se publicó primero en Cubalex.
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