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Abogado de Cubalex Julio Ferrer presenta nueva demanda ante la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular









El 19 de diciembre, el abogado de Cubalex Julio Ferrer Tamayo, interpuso una nueva demanda a la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales, esta vez a la del Tribunal Supremo Popular (TSP), constituida formalmente el 1 de septiembre de 2022. 



Según el escrito presentado, interesa la nulidad de las actuaciones de la Sala pero del Tribunal Provincial Popular de La Habana, presidida por Liena Pérez Cuenca, al tiempo que solicita restablecer la legalidad quebrantada y la garantía de su derecho a disfrutar de un debido proceso y acceder a un tribunal independiente e imparcial. 



Anteriormente, la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales del Tribunal Provincial de La Habana cometió graves violaciones del procedimiento establecido en la legislación nacional. El 5 de septiembre de 2022 el jurista había presentado otra demanda a la misma Sala solicitando el amparo a la libre circulación, con motivo de su prohibición arbitraria de salida del país, derecho restringido ilegítimamente por la dependencia del Ministerio del Interior (MININT).  



El recurso judicial no se tramitó de manera expedita como se exige en los fundamentos de la Ley No. 153 Del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales, en vigor desde el 15 de julio de 2022.



Es por ello que Ferrer Tamayo tuvo que dirigir un escrito previo a Yojanier Sierra Infante, presidente del Tribunal de La Habana para que la Sala se pronunciara sobre los recursos presentados con anterioridad. Si bien logró una respuesta del órgano judicial, todas sus peticiones fueron denegadas. 



Primero, la demanda del 3 de octubre de 2022 contra la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior y la Terminal 3 del Aeropuerto Internacional “José Martí”, fue declarada inadmisible



Ese mismo día, Ferrer Tamayo solicitó la recusación de una de las integrantes de la sala judicial por falta de imparcialidad, donde la jueza Magdeline Despaigne Felipe había intervenido en otros asuntos presentados por el abogado a ese tribunal. Entre ellos, la demanda que interpuso contra el ministro de Relaciones Exteriores en 2018, que también fue declarada inadmisible. 



A pesar de los argumentos presentados por el jurista, su petición también fue declarada inadmisible en la respuesta emitida por el Tribunal de La Habana el 21 de noviembre de 2022 y nuevamente negaron su derecho a contar con un tribunal imparcial e independiente. El tribunal se integró por cuatro de los cinco jueces que exige el artículo 21 de la  Ley No. 140 “De los Tribunales de Justicia”.



Tratando de explicar las omisiones en su decisión, los jueces utilizaron como argumento la Ley de Procedimiento Penal, derogada por la Ley 143 de 2021. “Es inadmisible que esos jueces de la instancia provincial de la capital del país no hayan siquiera leído, al menos por curiosidad, la Ley No.153 de 15 de mayo de 2022 “Del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales, pues de haberla leído se habrían percatado de su artículo 4”, denunció el abogado en sus redes sociales.  



El 23 de octubre de 2019, un oficial de Inmigración del Aeropuerto Internacional “José Martí” le notificó a Ferrer Tamayo que no podía salir del país. Este funcionario requirió posteriormente la presencia del Mayor Ihosvany Fuentes Coll, quien reiteró verbalmente que el abogado estaba “regulado”, sin explicarle por qué.



Hasta la actualidad, las autoridades cubanas continúan sin dar una respuesta legal efectiva a esta prohibición de salida que recae sobre el jurista desde 2019.



El abogado asegura que los jueces han quebrantado con malas intenciones las garantías del debido proceso e irrespetado las formalidades legales establecidas, dejándolo a conciencia en total estado de indefensión.



En su opinión, los funcionarios judiciales obstruyeron toda posibilidad de que se constituya un tribunal imparcial que protegiera sus derechos e intereses legítimos, indica el documento presentado el 19 de diciembre.



Según las valoraciones de Ferrer Tamayo, los jueces actuantes deben ser objeto de correcciones disciplinarias por incumplir de forma “injustificada y reiteradamente las disposiciones normativas en la tramitación y solución de los asuntos a su cargo”, según dispone la Ley de los Tribunales de Justicia adoptada en 2022. 



Concluye sus motivos haciendo referencia a un texto del Lic. Alberto Martínez Álvarez, juez  Profesional del Tribunal Provincial Popular de Holguín, quien indica que la corrupción judicial es “la conducta transgresora de la Ley que desarrollan aquellas autoridades que se encuentran comprometidas con la administración de justicia, en el ejercicio de sus funciones, emitiendo resoluciones en las que prevarican respecto a las decisiones que justamente corresponden”. 



La falta de independencia e imparcialidad de los tribunales cubanos ha sido preocupación de organismos internacionales de derechos humanos. El Comité contra la Tortura en el 2012 y en el 2022 mostró preocupación por la ausencia de cambios significativos en el sistema de justicia, en relación a la falta de independencia de los poderes ejecutivo y legislativo. 



De manera reiterada la CIDH ha abordado en sus informes la ausencia de garantías judiciales mínimas del debido proceso en Cuba. En su informe de 2020, el organismo refirió que en el país no existe base legal ni práctica política que permita la real independencia de la administración de justicia, con lo cual se afecta una de las condiciones imprescindibles para la vigencia efectiva de los derechos humanos. 



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