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Spanish post from Cubalex by

A un año del 11J: ¿Qué pasó ese día? ¿Qué ocurrió después?



Por: Giselle Morfi



¿Qué pasó el 11 de julio de 2021 en Cuba?
La crisis económica en Cuba a la que el Estado ha sometido al pueblo por varias décadas, intensificada por el Covid, desató lo que pudiéramos llamar una inyección de realidad, de lucidez social. Marcó un antes y un después en lo que en el despertar de conciencia ciudadana frente al adoctrinamiento, la propaganda y la desinformación jurídica. Ese día, marcó el punto de no retorno en la búsqueda de una sociedad más democrática, se demostró que podemos y sabemos ejercer ciudadanía.
¿Qué ha pasado hasta hoy desde el día 11 de julio de 2021?
A pocos días para el año del despertar de conciencia ciudadana se puede ver la pérdida del miedo de muchas personas, un fortalecimiento y unión de grupos de la sociedad civil construidos principalmente por activistas, defensores de derechos humanos, periodistas independientes y familiares de las víctimas del 11 de julio, quienes que no dejan de tener iniciativas para ayudar a los presos políticos. Se demostró la capacidad organizativa, empatía y solidaridad entre cubanos dentro y fuera de Cuba.
También se pudo ver hasta dónde es capaz de llegar el gobierno dictatorial para sostener el control social. El inicio estuvo marcado por la incitación a la violencia por parte del presidente, de allí vimos violencia institucional en todos sus niveles, golpes, amenazas, lesiones con balas, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas de corta duración, una ejecución extrajudicial, violaciones a las garantías del debido proceso, juicios y sanciones completamente arbitrarias y desproporcionadas.
Se aprobaron instrumentos jurídicos como el Decreto-Ley 35/21 y sus normas complementarias que son un peligro para el ejercicio de la libertad de expresión en internet por su efecto inhibitorio sobre asuntos de interés público y que no están justificados por estándares internacionales de DD.HH. Por el contrario, restringe el debate de discursos que están completamente protegidos por el derecho internacional.
Se aprobó el nuevo Código Penal, que aún no entra en vigor, y que preocupa a la sociedad civil porque tipifica conductas penales, ambiguas, amplias y discrecionales.
Algunos de los temas que resaltan en esta norma es el uso del ciberespacio como agravante de la responsabilidad penal. Recordar que el 11-J como la Primavera Árabe se dio como resultado del uso de internet. El Estado comprobó el poder que tiene la ciudadanía con esta herramienta extraordinaria en las manos para la defensa de los DD.HH. De allí que hoy el foco de la represión esté por el ejercicio de la libertad de expresión en internet. Hay alrededor de 32 delitos que amenazan la libertad de expresión. Otros, la libertad de reunión, asociación y manifestación pacífica, el derecho a la protesta.
Se incluyeron nuevas figuras penales contra la Seguridad del Estado que criminaliza la participación ciudadana en los asuntos de interés público, con largas condenas que pueden llegar a ser de privación perpetua de libertad y pena de muerte. Hay alrededor de 24 delitos que sancionan con esta pena. Otras que ponen multas impagables en correspondencia con el salario mínimo en Cuba.
Por otro lado, la ley 143 del Proceso Penal autoriza a que la autoridad tenga detenida a una persona por hasta 24 horas sin la obligación de instruir de cargo (lo cual marca el inicio del proceso penal) y sin supervisión judicial. Algunas de sus consecuencias son: que durante este tiempo el imputado no puede tener acceso a representación letrada, posibilita que sean sometidos a malos tratos y tortura durante y además, permite que se produzcan de manera reiterada sin que la víctima pueda interponer un recurso efectivo para evitarlas. Así el Estado incumple con su obligación internacional de prevenir y garantizar la no repetición de las violaciones de derechos.



¿Por qué hablamos de presos políticos?
Se habla de presos políticos porque son personas que han sido detenidas y procesadas por motivaciones políticas, aunque algunas estén siendo juzgadas y sancionadas por delitos comunes como: Atentado, Desacato y Desórdenes Públicos. Esto es una estrategia que ha usado el gobierno cubano históricamente para no empañar su imagen a nivel internacional y seguir alimentando la propaganda de que en Cuba no hay presos políticos. Sin embargo, con los delitos contra la Seguridad del Estado como Sedición y Sabotaje resulta imposible negar que hoy hay 36 personas (según cifras de la FGR) sancionadas por delito de Sedición con penas de hasta 25 años de privación de libertad, de los cuáles 16 son menores de edad.
Condición de las prisiones
El 5 de junio de 2022 Maykel Armando Peña, quien se encuentra en la prisión de Melena en la provincia de Mayabeque, hizo una carta donde describe que la comida está podrida, y que la de los familiares no la dejan pasar, a pesar del inmenso trabajo que pasan las familias para conseguir alimento y para poder cocinarla en un contexto de apagones prolongados diarios en la Isla. Denunció la falta de medicamentos y la ineficiente e inoportuna atención médica, la falta de aseo y refirió que los colchones donde duermen tienen ácaros denominados “chincas”.
Por su parte, Esteban Rodríguez mencionó hoy en una directa de Facebook las condiciones a las que someten a los reclusos que deciden plantarse (estar en huelga de hambre y sed o solo una de ellas): “le quitan todo y lo dejan en calzoncillos” y que en las mañanas es un calor insoportable y en las noches mucha humedad provocando dolores de garganta, problemas pulmonares, cuarteaduras de labios y otras afectaciones de salud. También refirió que para convencer a las personas de abandonar la huelga llevaban a las madres para que viera a su hijo tras la reja y en la cama de concreto semidesnudo y fueran ellas quienes incidieran en la decisión de su hijo. Mencionó como los militares utilizan a presos comunes para que los amenacen, insulten e intimiden.
Personas excarceladas
A muchas de las personas les han modificado la medida cautelar de prisión provisional a reclusión domiciliaria y a otras 102 (según cifras del 15 y el 22 de junio FGR) les han subsidiado la pena con trabajo correccional con y sin internamiento, y limitación de libertad (15 niños con edades entre 16 y 18 años) y esto desde Cubalex lo miramos con mucha preocupación, porque es una manera muy eficiente de sometimiento al control, por el efecto disuasorio que obliga a estas personas, sus familias y personas allegadas a callar, a no ejercer su libertad de expresión y derecho de reunión, asociación y protesta pacífica. Para evitar que lo hagan, dejan caer la amenaza de revocación de la medida y llevarlo otra vez a prisión.
Hay que resaltar que estas personas ya estuvieron presas, ya fueron maltratadas y torturadas muchas de ellas, ya el daño irreparable está en sus vidas, así que es mucho más eficaz la amenaza.
Desde Cubalex recordamos que estas personas no cometieron delito alguno, solo exigieron sus derechos y por tanto, ninguna de estas medidas es legítimas, ni necesarias, ni proporcional dentro de una sociedad democrática. Dichas condenas no pasan el test tripartito que regula el sistema interamericano, empezando porque se tratan de soluciones penales y luego porque esas normas son ambiguas y discrecionales cuya única finalidad es la criminalización de derechos y estigmatización del derecho a la protesta fundamentalmente.
Emigración
No me voy a centrar en quines emigran por buscar mejoras económicas y un lugar que le garantice mejor sus derecho a la salud, a la educación, a un salario digno que el Estado cubano no garantiza; sino en las personas que han huido porque el gobierno les ha dado solo tres opciones: callarse, irse o ir presas, a sabiendas de que su familia y personas allegadas pagarán las consecuencias.
En este caso están los periodistas independientes y defensores de derechos humanos que son forzados al exilio, en muchos casos tramitado y controlado por el propio gobierno. Un ejemplo de esto es el caso de Esteban Rodríguez, quien fue sacado por la fuerza de la prisión en medio de un proceso penal en matrcha y estando bajo la medida cautelar de prisión provisional. Con su caso se pudo ver el contubernio entre el gobierno de Cuba y el de Nicaragua que lo dejaron en un limbo migratorio en un tercer país.
Otro caso es Saily, quien luego de haber sido violentada el 31 de mayo por varios hombres agentes de la Seguridad del Estado como Landro Sarduy, la obligaron a exiliarse de manera forzada bajo la amenaza de un delito de Instigación a Delinquir.
Y a Anamelys Ramos no la dejaron entrar al país, teniendo residencia cubana, cuando el Estado se guía por la residencia efectiva para el reconocimiento de los derechos que debería garantizar y proteger por el simple hecho de ser ciudadana.
Estos casos demuestran la arbitrariedad y la falta de garantías al debido proceso con que operan los gobernantes cubanos, que no hay Estado de Derecho, no respetan sus propias leyes ilegítimas y menos los estándares internacionales de protección a los DD.HH como el Artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Conclusiones:
El Estado no garantiza la satisfacción de los derechos económicos sociales y culturales, así obliga a las personas a salir a protestar por el hambre, la falta de medicamentos y el descontento social generalizado, y cuando éstas expresan sus malestares, porque ayuda el simple hecho de poder contarlo, son criminalizadas, mientras que a los perpetradores se les garantiza impunidad.
Es un gobierno que los recursos públicos los destina a la violación sistemática de DD.HH y al enriquesimiento de los gobernantes, contrario a toda lógica democrática y justa.



La entrada A un año del 11J: ¿Qué pasó ese día? ¿Qué ocurrió después? se publicó primero en Cubalex.



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